POLÍTICA.
Puerto
Rico es un territorio no incorporado de Estados Unidos. Esto significa que Puerto
Rico pertenece a Estados Unidos, pero no forma parte de ellos. Según los Casos insulares
resueltos por la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos, los derechos constitucionales
no son extendidos automáticamente a todos los territorios bajo el control estadounidense.
Los territorios y sus ciudadanos tienen derecho a la protección de la Constitución
de Estados Unidos, pese pocas excepciones, como los estados incorporados que forman
"parte integra" de la nación.
La relación
del gobierno de Puerto Rico con el gobierno federal de Estados Unidos es para muchos
comparable a la relación del gobierno federal estadounidense con sus estados. Todo
lo relacionado a la moneda, la defensa, las relaciones exteriores y la mayor parte
del comercio entre estados cae bajo la jurisdicción del gobierno federal. El gobierno
de Puerto Rico tiene autonomía fiscal y el derecho de cobrar impuestos locales.
Los puertorriqueños son ciudadanos de los Estados Unidos con todos los derechos
y deberes que confiere esa ciudadanía, contribuyen al seguro social estadounidense,
pero como las elecciones presidenciales sólo se celebran en estados y territorios
incorporados, los residentes de Puerto Rico no participan en éstas, a menos que
tengan residencia legal en un estado o territorio incorporado.
El Comisionado
Residente es el único representante del gobierno local en el Congreso de Estados
Unidos. El Comisionado Residente tiene derecho a voz pero no a voto en el Congreso
de Estados Unidos, excepto cuando el mismo Congreso le concede voto en el "comité
conjunto". Cuando esto ocurre, el Comisionado Residente puede votar, pero sólo
cuando su voto no sea determinante en el tema.
El gobierno
del Estado Libre Asociado de Puerto Rico está dividido en tres ramas: la Rama Ejecutiva,
la Rama Legislativa (dividida en la Cámara de Representantes y el Senado) y la Rama
Judicial.
La Rama
Ejecutiva está representada y dirigida por el Gobernador. El Gobernador es electo
por voto directo en una elección general cada cuatro años y designa, con el consejo
y consentimiento del Senado, a los miembros de su gabinete, el cual está formado
por los secretarios de los quince departamentos.
El poder
legislativo de la Isla recae en la Asamblea Legislativa, una Legislatura Bicameral
compuesta del Senado y de la Cámara de Representantes. El Senado cuenta con veintisiete
miembros en total – dos por cada distrito electoral y once por acumulación basados
en la proporción de la población. La Cámara de Representantes cuenta con 51 miembros
en total – uno para cada distrito electoral y once por acumulación. En caso que
el Gobernador y la Asamblea Legislativa sean del mismo partido y en ésta estén dos
tercios o más de los legisladores, se le otorga hasta un máximo constitucional de
nueve puestos en el Senado y diecisiete en la Cámara de Representantes adicionales
a los partidos de minoría.
En 2005
hubo un referéndum en el que participó solo el 22.6% (553,955), de los electores
inscritos para votar (2,453,292) y de ellos el 83% (464,010) de los electores votaron
por que se convierta esta Asamblea en Unicameral, y en enero del 2007 el Senado
aprobó un proyecto de ley para iniciar este proceso.
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